El pasado 31 de mayo de 2025, la publicación de la Ley 5/2025 de medidas fiscales en la Comunidad Valenciana en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana marcó un punto de inflexión. Esta normativa introduce una serie de reformas tributarias que afectarán directamente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el de Sucesiones y Donaciones.
Panorama fiscal actualizado en la Comunidad Valenciana (Ley 5/2025)
La Ley 5/2025 introduce modificaciones significativas que redefinen el entorno fiscal en la Comunidad Valenciana, con efectos que se extienden hasta 2026 y más allá.
A continuación, presentamos una tabla comparativa de las tasas fiscales clave, que resume el panorama actual y el escenario potencial para 2026, destacando las áreas de mayor relevancia para los propietarios de propiedades de lujo.
| Tipo de impuesto | Bonificaciones actuales | Escenario 2026 |
|---|---|---|
| ISD – Cónyuges, ascendientes, descendientes, discapacidad | Bonificación del 99% | Bonificación del 99% (se mantiene) |
| ISD – Donaciones entre familiares | Reducciones variables | Hasta 156.000 € de reducción (nueva) |
| ISD – Donaciones Colaterales (Grupos III y IV) | Bonificación del 50% | 25% desde 1/6/2026; 50% desde 1/6/2027 |
| IP – Mínimo Exento Regional | 500.000 € (1.000.000 € para discapacidad) | 1.000.000 € (desde 31/12/2025) |
| IGF – Nacional (para patrimonio >3M€) | Temporal (2023, 2024) | Permanente / Extendido (Tasas: 1.7%, 2.1%, 3.5% para patrimonio >3M€) (Incertidumbre clave) |
| ITP – Residencial General | 10% (general residencial) | 9% (hasta 1M€) y 11% (más de 1M€) (desde 1/6/2026) |
| ITP – Terrenos Agrícolas | Tipo general | 4% (desde 1/6/2025) |
| AJD – General | 1.5% (general) | 1.4% (desde 1/6/2026) |
| Actos Jurídicos Documentados (AJD) - Proyectos Interés Autonómico | Sin bonificación específica | 50% de bonificación (desde 1/6/2025) |
Impuesto sobre el Patrimonio (IP)
A partir del 31 de diciembre de 2025, se establece un mínimo exento autonómico de 1.000.000 € para todos los residentes en la Comunidad Valenciana sujetos al Impuesto sobre el Patrimonio por obligación personal. Esto significa que los primeros 1.000.000 € del patrimonio no tributarán. Anteriormente, el mínimo exento era de 500.000 €, con una excepción de 1.000.000 € para personas con discapacidad, diferencia que ahora se unifica.
A pesar de esta bonificación regional del 99% sobre la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas a nivel estatal sigue siendo un factor crítico. Este impuesto nacional se aplica a un patrimonio neto que exceda los 3 millones de euros con tipos progresivos (1,7%, 2,1%, 3,5%). Cualquier Impuesto sobre el Patrimonio regional pagado es deducible del IGF. La incertidumbre más significativa para 2026 es si el gobierno nacional extenderá o hará permanente el IGF más allá de su carácter temporal inicial (2023 y 2024). Si el IGF se extiende, anulará efectivamente la bonificación regional del 99% para los patrimonios más elevados, lo que significa que los individuos con alto patrimonio seguirán enfrentando una carga fiscal significativa sobre su patrimonio, independientemente de la política regional de la Comunidad Valenciana.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
La Ley 5/2025 confirma una bonificación del 99% sobre la cuota tributaria para las adquisiciones por causa de muerte (mortis causa) y las donaciones (inter vivos) destinadas a cónyuges, ascendientes, descendientes y personas con discapacidad reconocida. Esto se traduce en una exención casi total del ISD para estos parientes cercanos.
Además, se introducen nuevas reducciones para donaciones entre familiares, de hasta 156.000 €, en función de la edad y el grado de parentesco. Para estas transmisiones, la documentación obligatoria debe constar en documento público.
Para las donaciones inter vivos a beneficiarios del Grupo III (hermanos, sobrinos, tíos) y del Grupo IV (primos y otras partes no relacionadas), la bonificación del 50% se aplicará progresivamente: 25% a partir del 1 de junio de 2026 y 50% a partir del 1 de junio de 2027.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD)
La Ley 5/2025 introduce cambios clave en el ITP y el AJD:
- Nuevo tipo reducido del 4% para la compra de terrenos agrícolas, con efectos desde el 1 de junio de 2025.
-
Incremento del tipo general en la compra de inmuebles desde el 1 de junio de 2026
:
- 9% para inmuebles con un valor de hasta 1 millón de euros. 11% para importes superiores a 1 millón de euros.
- El tipo general en AJD se sitúa en el 1,4% para supuestos no específicos, a partir del 1 de junio de 2026.
- Se establece una bonificación del 50% en AJD para operaciones inmobiliarias relacionadas con proyectos de interés autonómico reconocidos por el Consell, con efectos desde el 1 de junio de 2025.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
La ley actualiza los beneficios tributarios del tramo autonómico del IRPF con nuevas deducciones dirigidas a familias y personas en situación de vulnerabilidad, con efectos desde el 1 de junio de 2025 (salvo que se indique lo contrario) :
- Nacimiento, adopción y acogimiento : Deducciones de 600 € (primer hijo), 750 € (segundo) y 900 € (tercero y sucesivos), aplicables también en los dos años siguientes.
- Personas con discapacidad : Deducciones desde 246 €, incrementables si hay más de un caso en el mismo hogar.
- Educación infantil y conciliación: Deducción del 15% en gastos de guardería hasta 297 € , y de 460 € por hijo de entre 3 y 5 años a cargo (solo aplicable a la madre o figura acogedora).
- Material escolar : Hasta 110 € por menor escolarizado en centros públicos o concertados, con requisitos de renta y desempleo.
- Donaciones con fines ecológicos, culturales o lingüísticos : Deducciones del 20% para los primeros 250 € donados y del 25% para el exceso.
- Gastos en óptica : Deducción del 30%, hasta 100 € por contribuyente para lentes graduadas y gafas con montura no premontada, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
- Medidas contra la despoblación : Se refuerzan las deducciones para residentes en municipios con riesgo de despoblamiento, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Impacto fiscal y estrategias para inversores de propiedades de lujo en la Comunidad Valenciana
A partir de junio de 2026, el incremento de los tipos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para propiedades de lujo aumentará significativamente los costes iniciales de adquisición, lo que puede impulsar decisiones de compra anticipadas. Por otro lado, la estabilidad y generosidad de las bonificaciones del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), especialmente para cónyuges y descendientes, consolidan a la Comunidad Valenciana como una jurisdicción atractiva para la planificación patrimonial a largo plazo, favoreciendo la inversión en bienes de alto valor con una visión multigeneracional.
Este cambio en el ITP podría moderar ligeramente la demanda en el segmento inmobiliario de lujo a partir de mediados de 2026. No obstante, el atractivo general de la región y las ventajas del ISD podrían amortiguar dicho efecto. La mayor incertidumbre se centra en la posible permanencia del Impuesto de Solidaridad sobre Grandes Fortunas (IGF), que representa un coste anual significativo para patrimonios superiores a 3 millones de euros y puede influir en la residencia fiscal y la asignación de activos.
Los residentes fiscales valencianos estarán plenamente sujetos a estas reformas, mientras que los no residentes también deberán prestar atención al IGF si sus activos en España superan los 3 millones de euros. Esta preocupación fiscal afecta tanto a propietarios actuales como a potenciales inversores internacionales interesados en el sector inmobiliario de lujo en la región.
Ante este contexto, se recomienda una planificación fiscal proactiva, anticipando la posible consolidación del IGF y revisando estructuras de titularidad y liquidez disponible. También es esencial aprovechar los beneficios actuales del ISD antes de que entren en vigor nuevas condiciones. La asesoría profesional especializada resulta clave para estructurar adecuadamente los activos, asegurar el cumplimiento normativo y optimizar la eficiencia fiscal en escenarios complejos y cambiantes.
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